LOS CAMINOS DE CORREA
El expresidente Rafael Correa tiene una sentencia de ocho años de prisión y la inhabilitación de por vida para ser candidato, luego de que el tribunal de la Corte Nacional de Justicia ratificó lo actuado por un tribunal menor.
¿Qué puede hacer?
Puede interponer un Recurso de revisión ante la Corte Nacional de Justicia.
En este caso, su defensa debe demostrar que hubo fallas en su juicio como documentos o testigos falsos, sentencias similares que demuestren que hubo errores en su caso,entre otros.
En la revisión, se deben presentar solamente nuevas pruebas que demuestren que existen errores en la sentencia impugnada.
El recurso de revisión constituye un nuevo juicio; en contra del Estado.
Sin embargo, el interponer el recurso de revisión no suspende la ejecución de la sentencia.
¿Qué otro camino?
El expresidente puede ir a la Corte Constitucional y pedir una acción extraordinaria de protección.
Puede basar su pedido en el artículo 94 de la Constitución que dice que este recurso "procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución".
La acción extraordinaria de amparo procede cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal.
Cómo en el caso de la revisión, en este caso tampoco se suspende la ejecución de la sentencia.
¿Qué se puede hacer en el exterior?
Ir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y demostrar que el Estado actuó con negligencia en el caso y lograr un fallo favorable que disponga al Estado ecuatoriano dar marcha atrás en la sentencia, por incumplimiento del tribunal.
